¿Quién tiene un coche con propulsado por metano o Gpl uno se pregunta si puede aparcar su coche en los aparcamientos subterráneos.
En cuanto a los vehículos propulsados ??por metano, no encuentran ninguna limitación de aparcamientos subterráneos o garajes.
El Decreto de 1 de febrero de 1986 del Ministerio del Interior, publicado en el Boletín Oficial núm. 38 del 15/02/1986, estableció que: «El estacionamiento de vehículos propulsados ??por gas con una densidad superior a la del aire está permitido únicamente en las plantas sobre rasante que no comunican con las plantas subterráneas«.
Dado que el gas metano tiene una densidad inferior a la del aire, esta disposición permite el estacionamiento de vehículos de metano en cualquier lugar, sin ninguna limitación (aparcamientos cubiertos o subterráneos, trenes lanzadera y transbordadores navales): de hecho, en caso de fuga de las plantas, el metano tiende a ascender, dispersándose en forma gaseosa, excluyendo así cualquier riesgo.
Se dan algunas dificultades más para el coche de GLP principalmente debido al desconocimiento de las normas que rigen el estacionamiento de automóviles de GLP.
Hasta hace poco tiempo, los vehículos de GLP sólo podían aparcar en las plantas sobre rasante que no comunicaban con las plantas sótano, por lo que estaba prohibido aparcar en garajes subterráneos.
Desde la entrada en vigor del Decreto de 22 de noviembre de 2002 del Ministerio del Interior, publicado en el Boletín Oficial núm. 283, de 3 de diciembre de 2002, vehículos propulsados ??por GLP equipados con un sistema dotado de un sistema de seguridad conforme al reglamento CEPE / ONU 67-01 (todos aquellos automóviles en los que se instaló el sistema después del 1 de enero de 2001), pueden estacionar en el primer piso del sótano garajes, aunque se organicen en varias plantas subterráneas.
En cuanto a las propiedades privadas (como los condominios), la decisión sobre el estacionamiento de vehículos de GLP se delega a las autoridades correspondientes, como el consejo de condominio.